Discurso del copríncipe Sarkozy ante el Consejo General con motivo de su visita a Andorra

Señor síndico general, señor jefe de Gobierno, señoras, señores, cargos electos y señoras y señores miembros del Gobierno; señores, señoras.
No tengáis ninguna duda, es una gran alegría para mí haber venido, y es, igualmente, un gran honor estar por primera vez en Andorra, hoy, y poder dirigirme a su Parlamento en esta Casa de la Vall, que es el corazón de la democracia andorrana. Desde hace más de 700 años, su asamblea refleja la unidad política de Andorra, que ha sabido preservar por encima de las diferencias, y hacer evolucionar a través de la historia. Leer el resto del artículo »

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Acuerdo entre Andorra y Bélgica para el intercambio de información en materia fiscal

El Bopa de hoy (32/22) publica el Acuerdo entre el Gobierno del Principado de Andorra y el Gobierno del Reino de Bélgica para el intercambio de información en materia fis l, aprobado por el Consejo General en su sesión del día 13 de mayo de 2010. El acuerdo se aplicará a los siguientes impuestos:
a) en cuanto a Andorra, el impuesto sobre las transmisiones patrimoniales inmobiliarias, el impuesto sobre las plusvalías en las transmisiones patrimoniales inmobiliarias y los demás impuestos directos existentes por las leyes; Leer el resto del artículo »

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Acuerdo entre Andorra y Portual para el intercambio de información en materia fiscal

El Bopa de hoy (32/22) publica el Acuerdo entre el Principado de Andorra y la República Portuguesa para el intercambio de información en materia fiscal , aprobado por el Consejo General en su sesión del día 13 de mayo de 2010. El acuerdo se aplicará a los siguientes impuestos:
a) En cuanto al Principado de Andorra:
y. Los impuestos sobre las transmisiones patrimoniales inmobiliarias;
ii. Los impuestos sobre las plusvalías en las transmisiones patrimoniales inmobiliarias y los impuestos directos previstos por las leyes; Leer el resto del artículo »

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Acuerdo entre Andorra y Argentina para el intercambio de información en materia fiscal

El Bopa de hoy (32/22) publica el Acuerdo entre el Gobierno del Principado de Andorra y el Gobierno de la República Argentina para el intercambio de información en materia fiscal , aprobado por el Consejo General en su sesión del día 13 de mayo de 2010. El acuerdo se aplicará a los siguientes impuestos:
a) En cuanto a Andorra:
(I) el impuesto sobre las transmisiones patrimoniales inmobiliarias;
(Ii) el impuesto sobre las plusvalías en las transmisiones patrimoniales inmobiliarias y los demás impuestos directos existentes establecidos por las leyes andorranas. Leer el resto del artículo »

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Acuerdo entre Andorra y España para el intercambio de información en materia fiscal

El Bopa de hoy (32/22) publica el Acuerdo entre el Principado de Andorra y el Reino de España para el intercambio de información en materia fiscal , aprobado por el Consejo General en su sesión del día 13 de mayo de 2010. El acuerdo se aplicará a los siguientes impuestos:
a) En cuanto al Principado de Andorra:
- El impuesto sobre las transmisiones patrimoniales inmobiliarias;
- El impuesto sobre las plusvalías en las transmisiones patrimoniales inmobiliarias y los impuestos directos existentes establecidos en las leyes andorranas Leer el resto del artículo »

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Acuerdo entre Andorra y Francia para el intercambio de información en materia fiscal

El Bopa de hoy (32/22) publica el Acuerdo entre el Gobierno del Principado de Andorra y el Gobierno de la República Francesa para el intercambio de información en materia fiscal , aprobado por el Consejo General en su sesión del día 13 de mayo de 2010. El acuerdo se aplicará a los impuestos existentes establecidos por las leyes de ambos países, los impuestos de naturaleza idéntica o análoga que se establezcan con posterioridad a la firma del Acuerdo y que complementen o sustituyan a los impuestos en vigor así como a todos los demás impuestos que convengan las Partes Contratantes por intercambio de cartas. Leer el resto del artículo »

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Acuerdo para el intercambio de información en materia fiscal con Liechtenstein

El Consejo General en su sesión del día 22 de abril de 2010 ha ratificado el Acuerdo entre el Gobierno del Principado de Andorra y el Gobierno del Principado de Liechtenstein para el intercambio de información en materia fiscal, que se aplicará a los siguientes impuestos:
a) En cuanto al Principado de Andorra:
- El impuesto sobre las transmisiones patrimoniales inmobiliarias;
- El impuesto sobre la plusvalía de las transmisiones patrimoniales inmobiliarias, y
- Los impuestos directos existentes establecidos en las leyes andorranas;
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Acuerdo para el intercambio de información en materia fiscal con Holanda

El Consejo General en su sesión del día 22 de abril de 2010 ha ratificado el Acuerdo entre el Principado de Andorra y el Reino de los Países Bajos para el intercambio de información en materia fiscal , que se aplicará a todos los impuestos vigentes.
El presente Acuerdo entrará en vigor cuando ambas Partes se hayan notificado el cumplimiento de los procedimientos internos necesarios para la entrada en vigor. A partir de la entrada en vigor, tendrá efecto:
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Acuerdo para el intercambio de información en materia fiscal con Mónaco

El Consejo General en su sesión del día 22 de abril de 2010 ha ratificado el Acuerdo entre el Gobierno del Principado de Andorra y el Gobierno del Principado de Mónaco para el intercambio de información en materia fiscal, que se aplicará a los siguientes impuestos:
a) con respecto al Principado de Andorra:
- El impuesto sobre las transmisiones patrimoniales inmobiliarias;
- El impuesto sobre las plusvalías en las transmisiones patrimoniales inmobiliarias y los impuestos directos existentes establecidos en las leyes andorranas;
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Acuerdo para el intercambio de información en materia fiscal con San Marino

El Consejo General en su sesión del día 22 de abril de 2010 ha ratificado el Acuerdo entre el Gobierno del Principado de Andorra y el Gobierno de la República de San Marino para el intercambio de información en materia fiscal, que aplicará a los siguientes impuestos:
a) En cuanto al Principado de Andorra:
- El impuesto sobre las transmisiones patrimoniales inmobiliarias;
- El impuesto sobre las plusvalías en las transmisiones patrimoniales inmobiliarias y los impuestos directos existentes establecidos por las leyes andorranas;
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Acuerdo para el intercambio de información en materia fiscal con Austria

El Consejo General en su sesión del día 22 de abril de 2010 ha ratificado el Acuerdo entre el Principado de Andorra y la República de Austria para el intercambio de información en materia fiscal , que se aplicará a los siguientes impuestos:
a) en cuanto a Andorra:
(I) el impuesto sobre transmisiones patrimoniales inmobiliarias;
(Ii) el impuesto sobre las plusvalías en las transmisiones patrimoniales inmobiliarias y los impuestos directos existentes establecidos en las leyes andorranas.
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Propuesta de aprobación de la ratificación de 10 acuerdos en materia de intercambio de información fiscal

El Gobierno ha entrado a trámite parlamentario la propuesta de aprobación de la ratificación de 10 acuerdos en materia de intercambio de información fiscal, que se tramitarán bajo la calificación de Tratado Internacional, abriéndose un periodo de quince días para la presentación de enmiendas, con los siguientes países: España , Francia , Portugal , Bélgica , Austria , Países Bajos , Argentina , San Marino , Liechtenstein y Mónaco .

Consulta los textos de la OCDE

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La OCDE saca Andorra de la lista gris de países no cooperantes

Mediante una nota de prensa la OCDE ha dado a conocer que sitúa Andorra entre los países que han cumplido los estándares en materia de transparencia e intercambio de información en materia fiscal, después de haber convenido 17 acuerdos, de los doce necesarios, abandonando por tanto la lista gris de países no cooperantes, lo que debe permitir el desarrollo económico del Principado mediante su participación en el concierto internacional.
Los acuerdos firmados por Andorra son los siguientes (se incluyen el texto íntegro de los convenios):
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Esta mañana se ha firmado el acuerdo de intercambio de información en materia fiscal entre Andorra y España

Esta mañana el Jefe de Gobierno y la Ministra de Economía y Hacienda del Gobierno español han firmado el Acuerdo de intercambio de información fiscal entre ambos países, en aplicación de las previsiones de la Ley 3/2009, de intercambio de información en materia fiscal con solicitud previa , que entrará en vigor una vez haya sido ratificado por los parlamentos de los respectivos estados. Los términos del acuerdo hecho públicos por el propio Gobierno establecen que las solicitudes de información deben ser muy detalladas y hacer referencia a una persona concreta. No se pueden, pues, pedir informaciones globales ni colectivas o indeterminadas. Es decir, que no puede haber lo que se llama "expediciones de pesca".
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Ley 3/2009, de intercambio de información en materia fiscal con solicitud previa

El Bopa de ayer (21/09/09) número 67/21, publica la Ley 3/2009, de intercambio de información en materia fiscal con solicitud previa, destinada a una modificación parcial de la normativa que protege el secreto profesional y, en consecuencia, el secreto bancario, por la que se establecen los principios generales de aplicación en el marco del intercambio de información en materia fiscal con solicitud previa entre el Principado de Andorra y los Estados con los que se concluye ya sea un acuerdo de intercambio de información, a nivel administrativo, en materia fiscal o bien un convenio para eliminar las dobles imposiciones, con cláusulas de intercambio de información. La Ley sigue los principios de transparencia e intercambio de información desarrollados por la Organización de Cooperación y de Desarrollo Económicos (OCDE) y, en particular, los establecidos en el artículo 26 del Modelo OCDE de Convenio relativo a la tributación de la renta y el capital, en su texto del 17 de julio de 2008. Se adoptan los principios para el intercambio de información en materia tributaria contenidos en el modelo de convenio fiscal redactado por la OCDE. La Ley recoge como principios inspiradores los que establece el artículo 26 de ese modelo de convenio, en su texto del 17 de julio de 2008. Se establecen las modalidades de los intercambios de información entre los Estados contratantes, con unas reglas estrictas de confidencialidad y secreto. Al mismo tiempo conlleva que, antes de su aplicación, el estado que no lo haya hecho todavía debe modificar su legislación o sus prácticas administrativas que representan un obstáculo para una correcta aplicación de los principios establecidos. La Ley también tiene presente la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que se ha pronunciado reiteradamente sobre la invalidez de las pruebas obtenidas en procedimientos administrativos tributarios si son empleadas con el fin de perseguir penalmente al contribuyente requerido.

Consulta la tramitación parlamentaria y documentación asociada.

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Regulación del secreto bancario: Proyecto de Ley calificada de intercambio de información en materia fiscal

Texto defintiu tras el debate en Comisión del Proyecto de ley de intercambio de información en materia fiscal con solicitud previa , así como el informe de la ponencia en relación a las enmiendas presentadas, que se someterá a votación en la sesión del Consejo General del próximo lunes (09/07/09).

Más abajo las iniciativas PARLAMENTO en relación al proyecto de ley enviado por el Gobierno:
Enmienda a la totalidad con texto alternativo presentada por el grupo parlamentario Andorra por el Cambio (08.26.09), al tiempo que retira el texto presentado 06.29.09, qué contenido se especifica posteriormente.
Propuesta de acuerdo presentada por el grupo parlamentario Reformista, relativa a que el Gobierno incluya en los tratados internacionales sobre intercambio de información una cláusula para evitar la doble imposición (08/26/09)
Propuesta de acuerdo presentada por el grupo parlamentario Andorra por el cambio, de creación del plan especial para la ejecución del intercambio de datos tributarios (08/26/09)

El Consejo General publicó (14/08/09) el Proyecto de Ley calificada de intercambio de información en materia fiscal presentado por el Gobierno, conjuntamente con la documentación necesaria para su estudio: Informe sobre la valoración del impacto económico en la aplicación del proyecto de ley, elaborado por el Ministerio de Finanzas, " modèle de convention Fiscale concerniente le revenue te la fortune "elaborado por la OCDE de fecha 07/17/08," Acuerdo sobre intercanbio de información en materia tributaria "( documento original ) de la OCDE, y " Overwiew of the OECD 's donde coutering international tax evasion "elaborado por la OCDE de fecha 08/06/09; acordándose el plazo de enmiendas hasta el día 08/25/09.
El Proyecto de Ley asume la Declaración de París firmada por el Jefe de Gobierno en fecha 03/10/09 y recoge los principios del modelo OCDE de Azores de intercambio de información en materia fiscal, y de manera específica desarrolla las previsiones de su artículo 26 , y es en este sentido que modifica parcialmente la regulación que protege el secreto profesional, y en consecuencia del secreto bancario, si bien el intercambio de información en materia fiscal se aplicará a los impuestos definidos en cada respectivo convenio de intercambio de información o de doble imposición. El texto se inspira en el artículo 45 de la Directiva 2006/48/CE, de 14 de Junio ​​del 2006 , relativa al acceso a la actividad de las entidades de crédito, y el procedimiento para hacerlas efectivas respetando los legítimos derechos de los interesados ​​y de las entidades bancarias afectadas. El texto recoge en su articulado la evolución de los estándares internacionales en materia de cooperación internacional en la transparencia de la actividad financiera y la cooperación en el ámbito de la lucha contra la evasión fiscal. La finalidad de la Ley es también que Andorra pueda estar en situación, el 24 de septiembre de 2009, de presentar a la OCDE ya la comunidad internacional una clara y concreta evolución en la asunción de sus compromisos de hacer posible una cooperación en el intercambio de información fiscal a la demanda.
La exposición de motivos hace referencia a la Aute del Tribunal Constitucional de fecha 07/13/01, en ​​el que se dice textualmente: "1. Que el secreto bancario no es ni mucho menos absoluto en Andorra, ni únicamente puede ser levantado por razón del artículo 145 del Código Penal ", de acuerdo con las diversas leyes que establecen el intercambio de información en materia fiscal.
Sin embargo el Proyecto de Ley contiene diversas limitaciones al intercambio de información, así el apartado d) del artículo 5, establece una limitación del intercambio de información cuando se desee obtener una información que el Estado peticionario no pudiera obtenerla en virtud de su propia legislación a los efectos de la aplicación de su legislación tributaria, o en el último párrafo del artículo 8 señala claramente que el procedimiento establecido, que es administrativo, no supone menoscabo alguno ni exclusión de las garantías del procedimiento penal andorrano, que se mantienen a todos los efectos.
En el artículo 8 se regula el procedimiento de notificación y oposición.
la petición de intercambio de información se notifica a la persona concernida, en la forma prevista en el Código de la Administración, así a la persona poseedora de la información solicitada, si procede, que disponen de trece días naturales para formular recurso de oposición ante la autoridad competente, que dicta su resolución en los siguientes trece días naturales, cuál puede ser recurrida, en el plazo de trece días naturales, ante la Sección Administrativa de la Alcaldía, la cual, tras el trámite de audiencia dicta resolución en un plazo máximo de trece días naturales. La resolución judicial es recurrible ante la Sala Administrativa del Tribunal Superior de Justicia, en trece días naturales a su notificación, que previo un trámite de audiencia dicta resolución firme y definitiva en un plazo máximo de trece días naturales, a contar desde la formulación del recurso. La interposición del recurso de oposición inicial y del recurso jurisdiccional de primera y de segunda instancia suspende la ejecución de la decisión de la autoridad competente.
Finalmente la disposición final segunda excluye cualquier efecto retroactivo en la demanda de información, al aplicarse sólo a los ejercicios fiscales posteriores a la firma de los acuerdos de intercambio de información o los convenios de doble imposición.

Proposición de ley de intercambio de datos tributarios presentada en fecha 29.06.09 por el grupo parlamentario Andorra por el Cambio (retirada 25/08/09)

Entradas anteriores: 10.08.09 , 03.13.09

Accord entre le Royaune de Belgique et la Principauté de Monaco en vue de la échange de Renseignements en matière Fiscale (07/15/09)

Agreement between the government of the United Kingdom of Great Britain and Northern Ireland and the government of the Principality of Liechtenstein donde tax information exchange (11/08/09)

Otros acuerdos

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Intercambio de datos tributarios e Impuesto sobre los rendimientos de los no residentes por obligación real

El Consejo General ha publicado la iniciativa legislativa del grupo parlamentario con menos representación (APC), en relación a la Proposición de ley del intercambio de datos tributarios y Proposición de ley del impuesto sobre los rendimientos de los no residentes por obligación real .

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Comunicado del Élysée en relación al secreto bancario andorrano

Communiqué de la Présidence de la République

Publié le 12-03-09 à 19:38

Le Président de la République, en su qualité de Coprince de Andorra, se est efforcé depuis plusieurs mois de convaincre las autoridades andorranas de la necesite de s'engager dans la voie diciembre reformas exigen par OCDE pour que la principauté soit retirée de la liste diciembre paraíso fiscaux.

Il se réjouit que le gouvernement de Andorra entame aujourd'hui une négociation avec la OCDE pour mettre en œuvre un dispositif de échanges de informations fiscales.

El engagement de la Principauté de lever son secreto bancaire d'ici le mois de noviembre 2009 te de adapter progressivement sano législation aux standards internationaux las plus exigeants rejuvenecer la tradition diciembre ajenos históricas que rigieran ses relations avec la France.

La France souhaite Maintenant negociar breve un accord de échange de Renseignements avec l'Andorre conforme aux estándares de la OCDE.

Declaración andorrana

Declaración franco alemana

Comunicado OCDE

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