La idea de la justicia

Los días de descanso sirven también para alternar lecturas.
Coger Murakami para entender la voluntad de correr ahora que, después de muchos años, por un pinzamiento no lo puedo hacer, o releer capítulos de los libros tardíos de La Política de Aristóteles, análisis magistral de la hora última de la polis griega. Dejo Murakami para otro día y me voy a la fría observación de los hechos políticos que Aristóteles hace al estudiar La Constitución de Atenas. Leer el resto del artículo »

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El Consejo Superior de la Justicia quiere regular la actividad de procurador

Según recoge el Diario de Andorra en la edición de hoy, con motivo de la apertura del año judicial el presidente del Consejo Superior de la Justicia anunció la intención de regular normativamente la actividad de procurador, en el ámbito de las profesiones liberales.

El presidente del Consejo superior de la justicia igualmente dio a conocer que en el último año judicial las diferentes secciones de la Alcaldía han tramitado 45.252 expedientes y han evacuado cerca de 16.000, lo que supone la existencia sólo para este año de 29.551 expedientes pendientes de resolver, lo que supone 7.639 más que los del año judicial precedente, de los cuales 22.909 responden a actos administrativos, en su mayoría por impago de deudas; afirmando que los medios que hoy se disponen son insuficientes para atender este volumen de trabajo.

Por otra parte el Jefe de Gobierno afirmó que la Ley de la Carrera Judicial podría entrar en trámite parlamentario a principios del próximo año.

El Jefe de Gobierno y el Presidente del Consejo Superior de la Justicia coincidieron en la necesidad de disponer de un código de procedimiento civil.

Reportaje Andorra Televisión

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Propuestas en materia de justicia y reformas legislativas en el debate de investidura a Jefe de Gobierno

En el discurso programa de ayer en el Consejo General, de quien problamente será problema el próximo Jefe de Gobierno, Jaume Bartumeu, hacía las siguientes propuestas en materia de justicia y derecho civil:
De acuerdo con el mandato constitucional, la justicia actúa en nombre del pueblo andorrano y, por tanto, debe ser concebida como un servicio a los ciudadanos. Además, una justicia ineficaz frena el desarrollo económico y social de un país mientras que su funcionamiento adecuado asegura su progreso.
Queremos una justicia cercana a la ciudadanía y con los medios suficientes para ser eficaz.
Para hacer plenamente efectivo el derecho constitucional a la jurisdicción, hay que adaptar o mejorar algunos aspectos básicos. A tal fin propongo:
• dar a los alcaldes ya los magistrados los medios para poder despejar cualquier duda sobre la independencia de la justicia. Estos pasarían, entre otros, por una regulación de su estatuto;
• obtener mayor rapidez en las resoluciones para que cuando el pronunciamiento judicial o su ejecución llegan tarde se lesiona el derecho a la justicia;
• ampliar los casos de acceso gratuito a la justicia para garantizar el principio de igualdad, con el fin de que ninguna persona deje de ejercer sus derechos por dificultad en recurrir a los tribunales;
Haremos avanzar la ley que debe establecer y regular la carrera judicial, la relativa a la estructuración funcional de la Alcaldía-que debe incluir una especialización de los alcaldes-, y también un Código de Procedimiento Civil que unifique criterios y evite confusiones e inseguridad.
Asimismo, para dar cumplimiento al mandato del artículo 3.2 de la Constitución, debemos impulsar la elaboración de un Código Civil. Resulta urgente codificar toda la dispersa normativa civil de aplicación en Andorra. Es una tarea que será larga. Pero hay que empezarla. Y lo haremos en concertación con los grupos parlamentarios y con la colaboración del Consejo Superior de la Justicia, escuchando el Colegio de Abogados y el Colegio de Notarios. Queremos una justicia cercana a la ciudadanía y con los medios suficientes para ser eficaz.
Para hacer plenamente efectivo el derecho constitucional a la jurisdicción, hay que adaptar o mejorar algunos aspectos básicos. A tal fin propongo:
• dar a los alcaldes ya los magistrados los medios para poder despejar cualquier duda sobre la independencia de la justicia. Estos pasarían, entre otros, por una regulación de su estatuto;
• obtener mayor rapidez en las resoluciones para que cuando el pronunciamiento judicial o su ejecución llegan tarde se lesiona el derecho a la justicia;
• ampliar los casos de acceso gratuito a la justicia para garantizar el principio de igualdad, con el fin de que ninguna persona deje de ejercer sus derechos por dificultad en recurrir a los tribunales;
Haremos avanzar la ley que debe establecer y regular la carrera judicial, la relativa a la estructuración funcional de la Alcaldía-que debe incluir una especialización de los alcaldes-, y también un Código de Procedimiento Civil que unifique criterios y evite confusiones e inseguridad.
Asimismo, para dar cumplimiento al mandato del artículo 3.2 de la Constitución, debemos impulsar la elaboración de un Código Civil. Resulta urgente codificar toda la dispersa normativa civil de aplicación en Andorra. Es una tarea que será larga. Pero hay que empezarla. Y lo haremos en concertación con los grupos parlamentarios y con la colaboración del Consejo Superior de la Justicia, escuchando el Colegio de Abogados y el Colegio de Notarios.

El próximo Jefe de Gobierno pretende igualmente la reforma del silencio administrativo, pues entiende que la defensa del interés general, que se invocó en el momento de establecer el silencio administrativo negativo como norma general, ha provocado en la práctica-por una aplicación indiscriminada de esta técnica resolutiva-una situación de indefensión para el ciudadano. La obligatoriedad implícita de resolver de forma expresa y motivada se está convirtiendo en excepción y esto hace que el ciudadano, en caso de que considere la decisión injusta y quiera recurrir ante la jurisdicción, desconoce cuáles son los fundamentos de derecho y de hecho que debe recorrer, lo que le sitúa en una posición de desigualdad frente a la Administración.
Hay que considerar sin embargo, que determinadas materias administrativas-como pueden ser nacionalidad o inmigración, por ejemplo-requieren una especial protección por parte del Estado. En estos casos, es evidente que el silencio administrativo debe mantener el carácter de decisión de rechazo. Teniendo en cuenta estas consideraciones, es necesario modificar la normativa relativa al silencio administrativo, estableciendo que generalmente tenga valor de decisión de aceptación y excepcionalmente decisión de rechazo, en los casos en que lo establezca una norma de forma expresa.

Se plantean cambios igualmente en la Ley de contratación pública para evitar una gran concentración de obras y una elevada cantidad de subcontrataciones a empresas de fuera del país, en la Ley de creación de la sociedad pública Andorra Turismo SA, transformándola en una sociedad de capital mixto para implicar activamente la iniciativa privada en la promoción y la gestión del turismo, y la Ley de inversiones extranjeras-una vez se haya aprobado la reforma fiscal-para facilitar y atraer las inversiones con una mayor seguridad jurídica.

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La expresión "es justo" (oportere) hace referencia tanto al presente como al futuro

Verbum "oportebit" también praesens quam futurum tempus significado.
Paule: Digest 50, 16 De la significación de las palabras, 8, pr. (D. 50.16.8.pr.)

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Presidente de la Alcaldía

Por acuerdo del Consejo Superior de Justicia de fecha 04/06/09 se ha renovado el mandato como Alcalde del Sr.. David Moyna Rossell ya la vez sus funciones como Presidente de la Alcaldía.

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La justicia es la constante y permanente voluntad de dar a cada uno lo suyo

Iustitia est constantes te perpetúa voluntas ius suum cuique tribuendi.
Ulpiano: Digest 1, 1 De la justicia y del derecho, 10, pr. (D. 1.1.10.pr.)

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El funcionamiento de la justicia: garantía para los ciudadanos

El pasado día 9 de mayo el diario El País publicaba un artículo de opinión de nueve jueces españoles, del colectivo Jueces para la democracia, en el que hacen una lúcido análisis del estado de la justicia española y de la importancia del su correcto funcionamiento como principal garantía por los derechos de los ciudadanos, a partir de los graves acontecimientos de corrupción en Marbella. Hay que poner en contraposición la importancia de un buen funcionamiento de la justicia, con el poco interés de los poderes del estado y seguramente los propios ciudadanos, que no exigen de sus gobernantes una adecuada atención al mundo judicial, descuidando así la protección de sus derechos. Con los graves escándalos en Marbella, ha puesto de relieve no sólo la inoperatividad de la justicia para atender las evidentes ilegalidades cometidas a lo largo de muchos años, sino una determinada voluntad política que va más allá del simple descuido, y que quiere una justicia débil para disponer de zonas de impunidad.

La falta de voluntad política en el funcionamiento de la justicia, se evidencia todo en el constante contraste de la abundancia de medios y de atención a los diferentes departamentos de la administración pública, con contraposición con los escasos recursos dedicados a la justicia; de la consideración, respeto y tratamiento social que merecen los políticos (muchos de ellos con importantes limitaciones de todo orden) y el trato que se da a los jueces.

Atendiendo el interés de las reflexiones de los jueces españoles, entiendo la oportunidad de reproducir de forma fragmentaria el artículo de opinión, traducido del castellano, para extraer las principales conclusiones:

1. - La saturación de la justicia, querida o por descuido, lleva a su ineficacia y de esta manera a la impunidad de quienes actúan al margen de la ley.

"La corrupción marbellí ha nacido de la gestión ilícita del urbanismo, facilitada por una serie de condiciones y circunstancias. Durante años, el urbanismo en Marbella ha estado fuera de la ley. ¿Por qué ha sido posible este espacio de ilegalidad? Para que el órgano encargado en primer nivel del control jurisdiccional ordinario de la legalidad urbanística en Marbella, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Málaga, estaba en "quiebra técnica", tardando una media de cinco a seis años para resolver los procedimientos que conocía. Si a este plazo le sumamos otro similar para el previsible recurso ante el Supremo, más algún que otro año para ejecutar la sentencia, estaríamos ante un horizonte de, como poco, 12 años. Este plazo suponía, en la práctica, una ausencia de tutela judicial efectiva. "

2. - Las quejas y peticiones de los órganos gestores de la justicia son permanentemente ignoradas por el Gobierno y por el Parlamento, y los órganos tutelador de la justicia, nombrados por éstos, terminan acomodándose a esta situación.

"Si se examinan las Memorias Anuales de este tribunal podrá observarse como la gravísima situación de colapso de la Sala de lo Contencioso de Málaga, a pesar de ser vox populi, fue ignorada o despachada con análisis superficiales y recomendaciones (los llamados "planes de refuerzo") tardías o ineficaces. ... / ... Y sin duda tienen responsabilidad compartida el Consejo General del Poder Judicial-y el Servicio de Inspección que de él depende-que año tras año tuvo puntual y estadística constancia de la incapacidad objetiva de la Sala de lo Contencioso de Málaga para asumir su carga de trabajo, el Ministerio de Justicia, como órgano encargado de proveer las correspondientes plazas, y la Junta de Andalucía, que aunque con competencias limitadas, era perfectamente conocedora de la no-justicia (por lenta) que allí se daba. "

3. - Los jueces para desarrollar su función, necesitan fundamentalmente el apoyo del Estado.
"La respuesta judicial penal tampoco ha sido satisfactoria. La estructura judicial de Marbella era disfuncional para enfrentarse a una delincuencia económica altamente cualificada. Incluso hace pocos años, el carácter mixto de los juzgados de Marbella suponía que el juez que instruía causas contra Gil y su entorno compatibilizaba esta actividad judicial con la celebración de bodas civiles o la tramitación de procesos de divorcio, por poner algunos ejemplos. Desde el punto de vista personal de los jueces, Marbella se convirtió en un destino problemático. Decía el juez Falcone que no temía a la Mafia, sino que el Estado le dejara solo. Los jueces necesitan estar apoyados por las instituciones del Estado y, muy especialmente, por las de la propia Administración de Justicia. Y no se entienda por apoyo imprescindible el paternal palmadita en el hombro, ni la retórica muestra de solidaridad ante la nube de cámaras y micrófonos, sino el reconocimiento de la situación y la apuesta política decidida por la dotación de medios personales y materiales , proporcionada a la envergadura de los bienes jurídicos en riesgo. En Marbella estaba en juego el Estado de derecho. "

4. - La connivencia de los poderes públicos en una justicia débil, convierte las vocaciones de servicio a la comunidad como juez en actos de heroicidad.
"Será legítimo preguntarse hasta qué punto la opción de la Junta de Andalucía, del Tribunal Superior de Justicia y de algún vocal del CGPJ teóricamente vinculado a Andalucía, por una judicatura callada, dócil y burocratizada no ha contribuido a que los jueces "huyan" de Marbella.
Finalmente, no es despreciable en esta descripción la "visualización" que Gil y su entorno se procuraron de su proximidad, familiaridad y confianza con algunas instancias judiciales. El mismo Ayuntamiento de Marbella que conculcaba sistemáticamente la legalidad urbanística fue durante años generoso anfitrión, compartiendo patrocinio en no pocas ocasiones con altas instituciones y entidades, de famosas reuniones de la judicatura, lo que generó en la ciudadanía una convicción muy extendida sobre la impunidad que gozaban ciertas personas. "

5. - Si no hay propósito de enmienda y el funcionamiento de la justicia pasa a ser una prioridad estratégica, se producirán situaciones de impunidad.
"El caso ofrece valiosas lecciones para las instituciones desde las que se gobierna, regula y gestiona el Poder Judicial, pero de poco servirán si no hay voluntad de aprender, ni como antes se decía, propósito de enmienda. Si no se considera una prioridad estratégica de la política judicial nacional y autonómica el adecuado funcionamiento de los juzgados ubicados en zonas "sensibles" a la corrupción, volverán a aparecer nuevos episodios como el de Marbella. "
La consulta completa del artículo puede obtenerse en la dirección electrónica: http://www.gencat.net/justicia/departament/premsa/art_conf/articles/altres/marbella/index.htm.

Dejo al buen criterio de los lectores la valoración de la distancia que nos separa, que seguro es importante, entre la situación descrita por los jueces españoles en Marbella y la realidad andorrana, de las imperfecciones de nuestro sistema judicial, tal como todo el mundo ha admitido de manera retórica y habitual que desde el 1993 ha ido sufriendo un deterioro progresivo; de la atención y la importancia que tanto los ciudadanos como los políticos damos a la justicia, y de las medidas que seguro hay que impulsar para detener el proceso de pérdida de eficacia de uno de los tres poderes fundamentales del Estado, y de la puesta en peligro del derecho fundamental a la Justicia y de nuestros derechos como ciudadanos; para que esta situación no nos pudiera llevar a un proceso irreversible y algún día tener que vivir en nuestro país una situación como la de Marbella. Nuestro joven Estado de derecho no se puede permitir más retrocesos, más olvidos, más menysteniments los poderes públicos hacia la justicia, no sólo como expresión de la garantía de los derechos de los ciudadanos y de la justicia social, sino con el fin de evitar toda sospecha que interesa una justicia débil en provecho de los más fuertes. Es fundamentalmente una cuestión de voluntad e higiene política.
05/24/06

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