N º 9 - Enero

BOLETÍN DE ACTUALIDAD JURÍDICA

N º 9 - Enero 2010


También nos puedes encontrar en la red!
Con el nuevo año quieren empezar una nueva etapa de relación con nuestros clientes, colaboradores y todas aquellas personas interesadas en el derecho andorrano y sus novedades. Lo queremos hacer aprovechando las muchas posibilidades que ofrecen las nuevas tecnologías, para que esta relación sea más intensa y provechosa, al tiempo que espontánea y creativa.
Por este motivo hemos reformado nuestra página web, para que además de poder conocer los servicios y el equipo profesional de nuestro despacho, podáis encontrar los principales contenidos del mundo del derecho andorrano, las últimas novedades en el ámbito de la administración pública, la normativa recientemente aprobada, las resoluciones judiciales más importantes, el calendario de obligaciones fiscales, estudios de diversas materias, incorporando a la vez las herramientas del formato blog para hacerla lo más interactiva y dinámica posible.
Queremos también incorporar todo aquello que nos queráis pedir de acuerdo con sus necesidades personales o profesionales, y es en este sentido que os animamos a que nos planteáis vuestras inquietudes. Queremos ofreceros una herramienta de contenidos jurídicos andorranos y el apoyo necesario en los asuntos que deba tratar.
Por eso hemos concebido esta herramienta para que la comunicación, si así lo desea, pueda ser en ambas direcciones, para que pueda hacer sus aportaciones, plantear las dudas o cuestiones de su interés, o sencillamente los comentarios que le sugieran los diferentes contenidos que encontraréis. Dispone vez de un espacio de consulta para todo lo que nos queráis plantear, para que de manera gratuita podamos dar una primera orientación o resolver la cuestión si ésta no presenta mayor complejidad. Queremos acercar los servicios del abogado a los ciudadanos, empleando con esta intención la interacción que nos ofrecen las nuevas tecnologías.
Para los que ya sois clientes, dispone de la posibilidad de consultar el estado de su expediente mediante la página web, así como pedir respuesta a las dudas o necesidades que tenga, o pedir servicios online si así lo prefiere.
Deseamos que esta sea una herramienta más de comunicación, pero en ningún caso sustitutiva de la comunicación personal y directa que hemos desarrollado hasta la fecha, pues seguimos apostando por la necesaria relación personal en el tratamiento de los asuntos que nos confíe.
Hemos dispuesto igualmente los mecanismos necesarios para que este nuevo medio de comunicación no suponga en ningún caso una rebaja en la confidencialidad y secreto profesional en nuestra actuación, así como la voluntad de mantener el mismo rigor en el tratamiento y solución de los asuntos que nos plantea.
Si no deseas recibir nuestro boletín electrónico de forma periódica, puedes darte de baja en cualquier momento con un simple clic en el enlace al pie de este correo, o la página web si lo prefieres. Por otra parte, si deseas recibir el boletín en otra dirección o reenviarlo a otra persona, puedes hacerlo igualmente en el enlace correspondiente.
Esperamos recibir tus sugerencias y propuestas a esta nueva iniciativa, con el deseo de que sirva para reforzar el apoyo y el asesoramiento a tu actividad.
Que tengáis un nuevo año lleno de realizaciones personales y profesionales ya la vez recibe un cordial saludo de todo el equipo de Legal-Abogados.

Lorenzo BALLESTER Cristina Bifet Manel CASAL Miguel JULIÀ



NOTICIAS


Nombramiento de Alcaldes adscritos a la sección de menores

Calendario fiscal 2010: La Massana

Incremento de causas civiles en la Alcaldía

La Comisión legislativa de Interior cierra el redactado del Proyecto de Ley de firma electrónica

Incremento del salario mínimo para el año 2010 según IPC

Convocatoria de dos plazas de secretario judicial de Fiscalía

Renovación de la habilitación para ejercer como procurador


NOVEDADES NORMATIVAS

Coordinación tributaria de Sant Julià de Loria

El Comú de Encamp aprueba la ordenación tributaria

El Comú de Canillo aprueba la ordenación tributaria para el año 2010

El Comú de Andorra la Vella aprueba la ordenación tributaria

Coordinación tributaria de La Massana

El Comú de Andorra la Vella regula la instalación de terrazas de bar

El Gobierno aprueba el Reglamento regulador de las prestaciones de reembolso de gastos de desplazamiento y de alojamiento en el ámbito de la CASS

El Gobierno aprueba cinco reglamentos en materia de seguridad alimentaria

El Comú de Ordino aprueba la ordenación tributaria

Se aprueban los reglamentos que desarrollan la Ley de regulación de los apartamentos amueblados para vacaciones y de las empresas que los explotan

Reglamento del procedimiento administrativo de la seguridad social


RESOLUCIONES JUDICIALES

Suelo urbano consolidado: edificio en precario

El artículo 27.2 del Reglamento relativo a los criterios sanitarios de la calidad del agua destinada al consumo humano es conforme a derecho. Principio de seguridad jurídica.

La solicitud de justicia gratuita interrumpe los plazos de caducidad

Concesión administrativa: derecho aplicable en el momento del ejercicio y no de su reconocimiento

El recurso de apelación debe dirigirse contra el fallo de la sentencia y no contra los argumentos de la misma

Unión estable de pareja de hecho: ley aplicable

El TC entiende que las administraciones públicas están legitimadas para recurrir en amparo

Unión estable de pareja de hecho: necesidad de inscripción en el Registro Civil para que produzca efectos, denegación pensión de viudedad

Impuesto de radicación de actividades: hecho generador, prueba en contrario a la presunción de actividad

No procede la devolución de las tasas de construcción con motivo de la anulación de la licencia

Delimitación de terrenos comunales

Previsión de sistemas en el POUP: reparcelación, suelo urbano no consolidado. Convenio con el Gobierno.

Contratación telemática: prueba


Aforismos

No demostrando el actor lo que interesa a su derecho, ganará el demandado aunque lo hubiera probado nada

La cosa juzgada es admitida como verdad

Se considera que también demanda que usa de una excepción, pues el demandado es demandante respecto la excepción

No confiesa que se equivoca, si no es por error de derecho

No se entiende que sean idóneos los testigos a quienes se puede mandar que declaren

El censo y los documentos públicos tienen más fuerza que los testigos

Los usos y costumbres se tendrán en cuenta en los juicios de buena fe

No se aviene a la buena fe discutir sobre sutilezas del derecho

La prueba incumbe a quien afirma, no a quien niega

Contestada la demanda, se devengarán intereses

Es contrario al derecho civil juzgar o responder teniendo en cuenta una pequeña parte de la ley, sin contemplarla en su totalidad


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