Cuando no subsiste la causa principal, tampoco se producen sus consecuencias

Cum principalis causa non consistido, su ea quid quae sequuntur locum habiendo.
Paule: Digest 50, 17 De las diversas reglas del derecho antiguo, 129, 1 (D. 50.17.129.1)
* Aute Juez de Apelaciones Obiols, de fecha 08.02.66, RJ 92

Tags:

Escribe un comentario