El Tribunal de los derechos del hombre entiende que se ha producido una discriminación por parte de los tribunales andorranos en la interpretación y aplicación de una cláusula testamentaria

El Bopa de hoy (47/21) publica la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos dictada 13 de julio de 2004, convertida en firme el 15 de diciembre de 2004, en la causa Plan y Puncernau, por la que se declara que hay habido vulneración del artículo 14 (prohibición de discrimibació) de la Convención combinado con el artículo 8 (Derecho al respeto de la vida privada y familiar), al rechazar la condición de heredero ab intestato de un hijo adoptivo, lo que ha supuesto una indemnización aproximada de 900.000, - €.

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