Explotaciones agrarias pedagógicas
Publicado por Manel Casal | Sección Normativa
Por Decreto de fecha 04/08/09 ( Bopa 28/21 ) el Gobierno ha aprobado el Reglamento de las explotaciones agrarias pedagógicas, por el que regula las condiciones que deben reunir las actividades pedagógicas realizadas en el marco de las instalaciones de las explotaciones agrarias, para que garanticen tanto la calidad pedagógica como la seguridad y la higiene de las instalaciones, las estructuras y los medios utilizados, atender las nuevas necesidades educativas que tienen como objetivo contribuir a la divulgación del papel de la agricultura y la ganadería en la economía, la sociedad y la cultura andorranas. La oferta de este tipo de servicio es, en definitiva, una actividad económica complementaria a la actividad agrícola y ganadera principal que proporciona unos ingresos suplementarios y contribuye así a mejorar la renta agraria.
El desarrollo de las actividades pedagógicas dentro del ámbito de las explotaciones agrarias contribuye desde el mismo sector a que la sociedad andorrana entienda y valore las funciones que los agricultores y ganaderos aportan al resto de la sociedad, especialmente, como dice el el artículo 2 apartado b) de la Ley de agricultura y ganadería, sobre todo en cuanto a la mejora de la calidad de vida y al incremento del atractivo turístico de los valles, la mejora de la calidad paisajística de Andorra, el mantenimiento de la riqueza de la flora y la fauna autóctonas y la contribución a la reducción de riesgos naturales como aludes, deslizamientos, e incendios forestales.
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