Entorno de protección de la Casa Rull y de la iglesia de San Juan de Sispony

El Gobierno ha publicado (Bopa 8/22) la propuesta de regulación urbanística del entorno de protección de la Casa Rull y de la iglesia de San Juan de Sispony , así como los criterios arquitectónicos y urbanísticos sobre los monumentos y su entorno , en seguimiento de su declaración como bien de interés cultural, por el que s'estabelixen la zonificación y los criterios arquitectónicos y urbanísticos que deben regir las intervenciones sobre los monumentos y su entorno de protección. Se mantiene la suspensión de la tramitación de las licencias de parcelación, obra, edificación o derribo que afecten a los bienes objeto de este expediente, incluidos los que se encuentran dentro del perímetro del entorno de protección previsto en el anexo 3 ª y representado en el plano núm. 4 del anexo 3b, hasta que no se establezcan definitivamente los criterios arquitectónicos y urbanísticos que deben regir las intervenciones sobre los monumentos y su entorno de protección.
Al mismo tiempo se abre un periodo de audiencia e información pública de un mes para que los interesados ​​y otros puedan efectuar las alegaciones que estimen oportunas, y se somete al régimen de autorización previa establecido en el artículo 14 de la Ley 9/2003 cualquier obra o intervención, tanto si es de promoción pública como privada, que se quiera efectuar sobre el monumento declarado o sobre el entorno de protección.

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