El gobierno modifica el Reglamento por el que se regula la pensión de solidaridad para las personas mayores

El Bopa de hoy (84/21) publica el Decreto de modificación del reglamento por el que se regula la pensión de solidaridad para la gente mayor, del 18 de febrero de 2009, a efectos de garantizar la protección social del colectivo lectivo gente mayor que no tiene derecho a la cobertura en la rama general según los requisitos establecidos en la Ley 17/2008 de la seguridad social, y de acuerdo con el contenido del artículo 105, punto 5, de la ley anteriormente mencionada , que establece que en el caso de los beneficiarios de pensiones de la atención social el Gobierno se hará cargo de la cotización de la parte empresarial y la persona beneficiaria de la parte salarial, el Gobierno, en sesión de fecha 11 de noviembre de 2009 , aprueba el decreto de modificación del decreto de aprobación del reglamento por el que se regula la pensión de solidaridad para las personas mayores; mediante la adición del artículo 10, en estos términos: "Artículo 10. El Gobierno se hará cargo de la cotización de la parte empresarial y la persona beneficiaria, de la parte asalariada de las pensiones de solidaridad para las personas mayores que no gozan de cobertura a la rama general. "La modificación será de aplicación para las relaciones nacidas desde el 1 de noviembre de 2009.
El Reglamento por el que se regula la pensión de solidaridad para las personas mayores queda redactado en estos términos.

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