Artículo II - 1:101: Significado de "contrato" y "acto jurídico"

Libro II Contratos y otros actos jurídicos

Capítulo 1: Disposiciones generales

DCFR II. - 1:101: Significado de "contrato" y "acto jurídico"
(1) Un contrato es un acuerdo que tiene por objeto dar lugar a una relación jurídica vinculante o tener algún efecto jurídico. Es un acto jurídico bilateral o multilateral.
(2) Un acto jurídico es cualquier declaración o acuerdo, ya sea expresa o implícita de la conducta, que va destinado a producir efectos jurídicos como tales. Puede ser unilateral, bilateral o multilateral.

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